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Medicamentos contra el cáncer, la artritis o la hepatitis C, sujetos al copago a partir de octubre

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Los medicamentos de dispensación ambulatoria en el hospital, es decir aquellos que «sin tener la calificación de uso hospitalario» solo se dispensan a pacientes no hospitalizados en los servicios de farmacia de los hospitales como los afectados por cáncer o hepatitis C, quedarán sometidos a partir del 1 de octubre para su dispensación al copago farmacéutico, con un límite de aportación reducida. Una medida que ha provocado que el PSOE pida la dimisión inmediata de la ministra de Sanidad Ana Mato.

Desde Sanidad explican que no se incluyen los medicamentos de uso hospitalario, como es el caso de los antirretrovirales que, por lo tanto, «no tendrán aportación» por parte del paciente. La resolución del 10 de septiembre de 2013, de la Dirección General de Cartera Básica de Servicios del Sistema Nacional de Salud y Farmacia, que publica este jueves elBoletín Oficial del Estado (BOE), es una medida ya se anunció hace unos meses y que viene motivada por la necesidad de que todas las CCAA, «que son las que lo tienen que ponerla en vigor», utilicen la asignación de aportación reducida para estos fármacos. «Se ha comprobado que no todos los fármacos dispensados tenían esta consideración y antes de que las CCAA lo pongan en vigor el Ministerio de Sanidad lo que hace es asegurarse que todos los medicamentos serán de aportación reducida», han añadido.



En total en el BOE se recogen 157 presentaciones farmacológicas de poco más de 50 medicamentos que, según señala, «cumplen con las condiciones para ser considerados de aportación reducida, al tratarse de medicamentos de elección en el tratamiento de enfermedades graves o crónicas, y estando limitada su dispensación, en el ámbito del SNS, a los pacientes no hospitalizados en los servicios de farmacia de los hospitales».


Fármacos afectados


Entre los fármacos incluidos se encuentra medicamentos para retrasar la progresión en cáncer de mama avanzado como el ‘Afinitor’ o el ‘Tyverb’, para tratar el cáncer de riñón avanzado o extendido a otros órganos como el ‘Votrient’; o para en el tratamiento de tumores cerebrales como el ‘Temodal’; además de otros tantos fármacos prescritos para la leucemia mieloide crónica (LMC), el tratamiento de tumores malignos no resecables y/o metastásicos del estroma gastrointestinal (GIST), para reprodución asistida, la artritis reumatoide, la degeneración macular o la hepatitis C crónica, entre otros.


Además, se incluye dentro de la lista el sistema intrauterino liberador de levonorgestrel (SIU-LNG) ‘Mirena’, que es un sistema anticoncpetivo; y, por otro lado, ‘Lactest’ indicado para diagnóstico de la intolerancia a la lactosa.


La aportación del usuario a dichos medicamentos, que estaban exentos del copago, será de un 10 por ciento del PVP del medicamento, con un máximo actualmente fijado en 4,20 euros, de acuerdo a la Resolución de 21 de enero de 2013, de la Dirección General de Cartera Básica de Servicios del Sistema Nacional de Salud y Farmacia.


Más información en Diario Crítico

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