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El IMAS ha concedido 668 ayudas de primera necesidad

CÁCERES
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El Instituto Municipal de Asuntos Sociales (IMAS) ha concedido más de 400.000 euros de ayudas económicas de primera necesidad, en los distintos planes existentes, de las que se han beneficiado 668 familias.

Se han beneficiado con los tres tipos de ayudas que concede el IMAS y que se dividen en las propiamente financiadas por el consistorio de primera necesidad; las “ayudas urgentes” reguladas por el decreto 10/2014 y que están financiadas en un 95% por el Gobierno de Extremadura; y las ayudas económicas para el pago de recibos de pequeñas cantidades, financiadas por Caixabank.

 

En concreto, según se ha informado en el consejo rector del IMAS, a fecha de 30 de junio de 2014 el número de ayudas de primera necesidad con financiación total municipal han sido de 200, con una asignación de 85.425 euros.

 

En cuanto a las ayudas económicas relativas al decreto 10/2014 cofinanciadas por el Gobierno de Extremadura y el Ayuntamiento (95%-5%), la cifra de beneficiarios es de 396 con una cantidad de 303.752 euros.

 

Por último, las ayudas económicas para el pago de recibos financiadas por Caixabank ha ascendido a 72, con 11.216 euros de presupuesto.

 

Según la concejala de Asuntos Sociales, las cifras, tanto económicas como de beneficiarios, demuestran la implicación del ayuntamiento y de toda la ciudad con las personas que están atravesando por más necesidades.

 

La concejala del IMAS también ha querido destacar la gran labor que desempeñan los profesionales del IMAS a la hora de atender y evaluar las peticiones de los cacereños.

 

AYUDA A DOMICILIO

 

Por otra parte, en el Consejo Rector del IMAS se ha denegado, por unanimidad, la petición realizada por la empresa Eulen Servicios Sociosanitarios SA para la revisión de precios de la ayuda a domicilio.

 

La negativa a efectuar esta revisión se ha realizado en base a los informes técnicos de los servicios económicos en los que se señala que no existe esta posibilidad puesto que no se ha producido ninguna variación del IPC en el periodo que se ha estado realizando el servicio por parte de esta empresa.

 

En concreto, se señala que la fecha de una posible revisión debería ser la comprendida entre la fecha de adjudicación y el año de servicio, por lo que ésta sería desde febrero de 2013 a febrero de 2014 en la que la variación del IPC ha sido 0, por lo que “no procede” la revisión del precio que había solicitado la empresa y que se ha rechazado por parte de todos los grupos.


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