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Política Social convoca un millón de euros en ayudas al fomento de la natalidad

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La Consejería de Empleo, Mujer y Políticas Sociales ha convocado un millón de euros en ayudas al fomento de la natalidad en 2015, unas subvenciones que este año han sido concedidas a un total de 1.384 familias extremeñas, 745 en municipios de hasta 3.000 habitantes y 639 en localidades que superan esta población.

El Diario Oficial de Extremadura ha publicado este lunes el decreto que regula estas subvenciones y la convocatoria para 2015, que nace con una dotación de un millón de euros y con carácter ampliable, dado que la cuantía consignada en los presupuestos regionales del próximo año para ayudas a las familias y la natalidad en el medio rural asciende a un total de 2.587.384 euros.

 

La Dirección General de Política Social y Familia destaca que el Gobierno de Extremadura ha realizado un “importante esfuerzo” por mantener su línea de ayudas al fomento de la natalidad durante esta legislatura, pues otras regiones decidieron eliminarlas durante la crisis, así como el Estado, que en 2010 suprimió la ayuda de 2.500 euros por nacimiento.

 

De hecho, Extremadura figura en la actualidad entre las siete comunidades autónomas que conceden ayudas directas a la natalidad.

 

La normativa publicada en el DOE regula las subvenciones a conceder a las familias residentes en Extremadura por el nacimiento, la adopción o el acogimiento preadoptivo o situación equivalente, en el caso de adopción internacional, para incentivar la natalidad en la Comunidad Autónoma.

 

En concreto, serán subvencionables los supuestos que se produzca entre el 1 de enero y 31 de octubre de 2015, así como los ocurridos en noviembre y diciembre de 2014.

 

CUANTÍA DE LA AYUDA

 

La cuantía de la ayuda depende del lugar de residencia del beneficiario, de modo que si se trata de poblaciones que no superan los 3.000 habitantes, la subvención consistirá en el abono de un pago único de 1.400 euros por hijo desde el primero.

 

Esta ayuda se ha puesto en marcha por primera en vez en este 2014 con la finalidad de fomentar el crecimiento demográfico en las zonas rurales y, al mismo tiempo, contribuir a evitar su despoblamiento. El Gobierno de Extremadura reedita estas ayudas el próximo año renovando, de este modo, esa discriminación positiva hacia estos territorios.

 

En el caso de municipios de más de 3.000 habitantes, la ayuda consistirá en el abono de un pago único de 500 euros por el segundo hijo y de 1.000 euros por cada hijo a partir del tercero inclusive. Si los supuestos fuesen múltiples, la ayuda consistirá en un pago único de 1.000 euros por hijo, incluido el primero.

 

Entre los requisitos para ser beneficiario, se establece que la renta anual de la unidad familiar no supere 3 veces el Indicador Público de Renta de Efectos Múltiples anual (IPREM) considerado en doce mensualidades para familias de hasta dos hijos -lo que supone una cuantía anual de 19.170 euros-. Este número se irá incrementando en 0,5 puntos por cada hijo adicional.

 

Asimismo, el solicitante deberá estar empadronado y residir de manera efectiva en cualquier municipio de la Comunidad Autónoma. En el caso de quienes residan en poblaciones que no superen los 3.000 habitantes, deberá acreditarse tres años de empadronamiento inmediatamente anteriores a la fecha de presentación de la solicitud en la referida población o bien el empadronamiento ininterrumpido durante los últimos tres años en poblaciones que no superen los 3.000 habitantes.

 

En las localidades de más de 3.000 habitantes, el solicitante deberá acreditar un año de empadronamiento inmediatamente anterior a la fecha de presentación de la solicitud en la referida población o cinco años de residencia a lo largo de los últimos diez años en la Comunidad Autónoma.

 

PLAZO DE PRESENTACIÓN

 

Las solicitudes podrán presentarse desde el 2 de enero hasta el 30 de noviembre de 2015, con las limitaciones previstas en función de la fecha del hecho causante.

 

En concreto, si se ha producido entre el 1 de enero y el 31 de octubre, la solicitud deberá presentarse en el plazo máximo de dos meses a contar desde el día siguiente a la fecha de nacimiento o de la resolución administrativa y/o judicial de adopción, acogimiento preadoptivo o situación equivalente, en el caso de adopción internacional. Si se originase durante el mes de octubre, la fecha límite de la presentación de solicitudes será el 30 de noviembre.

 

Si se ha producido entre el 1 y 31 de diciembre de 2014, ambos inclusive, se establece un plazo máximo de dos meses a contar desde el 2 de enero. Si ha tenido lugar entre el 1 y 30 de noviembre de 2014, este plazo será de un mes a contar desde esta misma fecha siempre que no se haya optado a la convocatoria de 2014.

 

La normativa publicada en el DOE mantiene el esquema del Decreto 35/2014 que regulaba anteriormente las ayudas al fomento de la natalidad, aunque introduce algunas modificaciones con el fin de establecer un marco normativo sencillo, claro y poco disperso que facilite su comprensión y conocimiento por los ciudadanos.

 

Como novedad, se reduce el plazo de resolución de 6 a 3 meses desde la entrada de la solicitud en el registro del órgano competente para resolver.

 

Además se establece una modificación en el caso de partos, acogimientos o adopciones múltiples en poblaciones de más de 3.000 habitantes. En el decreto precedente se concedía la ayuda a partir del segundo hijo con 1.000 euros por hijo si se trataba de dos hijos, y 1.500 si eran tres o más. Con la nueva normativa, esta ayuda consistirá en un pago único de 1.000 euros por hijo a computar no ya desde el segundo, sino desde el primero.

 

Esta convocatoria para 2015 se ha efectuado en el régimen de tramitación anticipada con el objetivo de que el plazo de presentación de instancias se inicie a comienzos del próximo año.


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