El lenguaje de ciertos profesionales es con frecuencia oscuro y difícil. Es cierto que cada grupo humano atesora una forma exclusiva de expresarse y crea unos términos especiales que considera eficaces para el desenvolvimiento de su actividad aunque se sacrifique la claridad necesaria. Algunos creen que se hace así deliberadamente para conservar los privilegios y la magia de la profesión, dejando un sacrosanto reducto al que no puedan acceder los legos en la materia. En el ámbito jurídico el lenguaje es muy importante, cualquier error en la interpretación de una norma puede ser sumamente dañino.
En la actualidad hay que acudir a los abogados y asesores para cualquier acción civil ,mercantil o penal: comprar una vivienda, el reparto de una herencia y otras gestiones jurídicas. Con la excepción de los conflictos armados todas las controversias de nuestra sociedad se dirimen en los tribunales. Por eso es necesario que el lenguaje que utilizan sea inteligible. Según lo expresado en un informe del Consejo General del Poder Judicial, el 82% de los españoles no entienden las Resoluciones Judiciales .Como ha dicho el escritor Juan Carlos Arce, el ciudadano cuando recibe un oficio de un juzgado no sabe si se le llevan a la cárcel o es que ha recibido una herencia y Lázaro Carreter señalaba con su habitual gracejo que “no debe legislarse solo para abogados, que alguna caridad merecen los ciudadanos para no correr el riesgo de que nos “enchironen” estando in albis”
Es verdad que en todas las ramas del saber se han establecido divergencias, casi abismos, entre el lenguaje común y el profesional. Lo vemos en las matemáticas, en la medicina y en el área jurídica. Conviene señalar que la ley y la jurisprudencia no tienen que ser creaciones literarias pero tampoco textos aborrecibles ni vulgares y lo cierto y lo justo se aceptan mejor con una bella expresión.
Montesquieu mantuvo que las expresiones jurídicas tienen que ser inteligibles para el ciudadano. Las Leyes de las XII Tablas son un ejemplo de precisión. Se sabe que los niños las aprendían de memoria con facilidad. Además el estilo tiene que ser simple. Cuando es pomposo se considera una obra de ostentación. No podemos olvidar la opinión de D. José Castán que decía: “la bondad formal de las leyes depende, en gran parte de su perfección técnica. La ley debe tener armonía y fuerza de expresión y como consecuencia elegancia para su valor intrínseco. Por otra parte es diferente el lenguaje destinado a los justiciables y el lenguaje jurídico científico de informes y ponencias. Aquel debe ser sencillo y este puede ser más elevado ya que se destina a juristas y técnicos”
El profesor Gutiérrez Ordoñez en su trabajo “Contra la afectación del Lenguaje jurídico” pone un ejemplo de complicación plasmado en una sentencia que considera como “modelo negativo”, y dice lo siguiente :“Si aquéllas acreditaciones de cargo, solamente se reducen a la existencia de un débito con la parte querellante ,sin ninguna corroboración del ánimo tendencial defraudatorio de su deudor,obvia,huérfana de persuasión, la subjetividad esencial caracterizadora del injusto típico represivo porque,solamente determinada aquella deuda, debe inducirse la delatada preordenación encubridora parapetando en su desplazamiento patrimonial la infectividad crediticia de aquélla con actos concluyentes demostrativos unívocamente de su perversa intencionalidad, pero si los mismos se reducen a meros barruntos presuncionales,estos no disponen de la consistencia adecuada para provocar aquella inserción punitiva y convierten a los mismos en una mera abducción o razonamiento silogístico…” A ver como se descifra semejante jeroglífico.
Es cierto que en Derecho hay términos que no son explicables como litisconsorcio, fiducia o cohecho, que, sin duda, hay que explicar pero no con los enrevesados párrafos que hemos señalado.
Con razón dice el versillo popular:”Nadie entiende al abogado cuando de su ciencia explica, menos aún al magistrado que latines multiplica, pero el pobre ciudadano si la sentencia ha leído, siempre se queda dudando, si es que ha ganado o perdido”
Para hacer más cercano el lenguaje jurídico, una Comisión encargada por el ministerio de Justicia presentó no hace mucho, un informe con la finalidad de aplicar lo dispuesto en la Carta de los derechos de los Ciudadanos ante la Justicia que ha sido bien recibido en general, aunque se critican algunas expresiones que cometen el mismo error que pretenden rectificar.
En un ensayo sobre la unificación del derecho europeo, publicado por la doctora en derecho civil Almudena de la Mata se ha subrayado la necesidad de cuidar el lenguaje jurídico comunitario a pesar de la dificultad que supone la unificación de sistemas jurídicos. Hay que procurar que se entienda por el ciudadano común, desechando los términos excesivamente retóricos y los mandatos conminatorios, todo ello sin detrimento de su rigor técnico, teniendo en cuenta “el andamiaje preciso para sustentar su condición científica” como ha dicho Cazorla Prieto.