Comunicado de la provincia eclesiástica extremeña

RELIGIÓN
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Con fecha de 27 de noviembre de 2020, se ha publicado en el suplemento del DOE (num. 230) el DECRETO 21/2020, de 25 de noviembre, del Presidente de la Junta de Extremadura, por el que se establece una modificación del aforo en los lugares de culto entre el día 28 de noviembre y el 10 de enero de 2021, había sido dispuesto mediante el RD 926/2020, de 25 de octubre. De acuerdo con dicha resolución y las conversaciones mantenidas entre ambas instituciones se acuerda lo siguiente:

  • En los lugares de culto se establece que el aforo será del 40%
  • La celebración de la Misa del Gallo, que tradicionalmente se viene celebrando en muchos lugares a las 00:00 h., se recomienda que pase a las 21:00
  • La adoración al Niño Jesús se recomienda que se haga con un gesto, como una inclinación delante del Niño.

Por otro lado la misma Junta de Extremadura ha interpretado que las actividades de catequesis y actos asimilados, se consideran como Grupos de Convivencia Estables, es decir grupos burbujas, que permite un mayor número de asistentes manteniendo siempre el mismo grupo y el mismo catequista.

Respecto a los fallecidos por coronavirus, sobre los que se aplica un protocolo de manejo y desinfección especial, nos hacen saber que no existe ningún riesgo sanitario. Por tanto, las exequias en los templos, pueden ser perfectamente celebradas siguiendo las medidas preventivas en los lugares de culto.

El Presidente de la Junta de Extremadura y el Vicepresidente Segundo y Consejero de Sanidad y Servicios Sociales, agradecen, una vez más, la colaboración de las tres diócesis durante la pandemia y el esfuerzo que se está haciendo para combatirla. Por nuestra parte agradecemos la confianza depositada de las autoridades sanitarias.

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