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Nuevos planes hidrológicos: viejos defectos

CAMPODESTACADAOPINIÓN
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En el BOE de fecha 10 de febrero de 2023, se publica el Real Decreto 35/2023 de 24 de enero, por el que se aprueba la revisión de los planes hidrológicos de las demarcaciones hidrográficas intercomunitarias e internacionales españolas. Esta tercera revisión, los planes hidrológicos de acuerdo con la Directiva Marco del Agua (DMA) han de revisarse cada seis años, se extenderá al período 2022 – 2027.

En la mayoría de las cuencas y especialmente en la del Tajo, sobre la que centraré una buena parte de mis comentarios, ha habido discusiones y desacuerdos porque estos nuevos planes revisados, en general, mantienen los mismos defectos de la planificación anterior. Y se ha hecho nada o muy poco por eliminarlos o reconducirlos.

La madre del cordero, que diría un castizo, radica en que estos planes están basados en disposiciones de la DMA y ésta es una norma de corte ambientalista. Por otra parte, esta disposición básica en Europa para regular las políticas del agua, está confeccionada en base a las condiciones climáticas del centro y norte de Europa y no tiene para nada en cuenta las particularidades climáticas de la zona mediterránea europea, que afectan principalmente a Portugal. España, Italia y Grecia.

El primer defecto de importancia de los planes, es la aplicación de los caudales ecológicos. El concepto de caudal ecológico, que no está definido en la DMA, es introducido por la administración española en 1999, porque se entendía que su consideración como restricción previa a los sistemas de explotación – es decir los caudales ecológicos son prioritarios respecto de todos los usos, excepto el abastecimiento urbano y esto solo si no hay alternativa – serviría para alcanzar el buen estado de las masas de agua que propugna la DMA.

Sorprendentemente no se tuvo en cuenta al tomar esta decisión, la especial hidrología del clima mediterráneo que tiene la característica de que en época estival el caudal natural de muchos de nuestros cursos de agua tiende a cero. Por otra parte debido a la distribución irregular de las lluvias en el espacio y en el tiempo que se da en España, es necesario regular agua en embalses durante los períodos húmedos para usarla en los secos. Y todo esto no se tiene en cuenta en la determinación de los caudales ecológicos.

Por cierto, los métodos hidrológicos e hidrobiológicos que se aplican para su determinación, dan resultados muy dispares y no están homologados.

El paradigma de los caudales ecológicos se da en el curso principal del río Tajo. En el plan hidrológico anterior (2016 – 2021) se fijaron unos caudales mínimos de 6 m3/s (189,2 Hm3/año) en Aranjuez y 10 m3/s (315,3 Hm3/año) en Toledo y Talavera de la Reina.

En la nueva revisión del plan hidrológico, estos caudales ecológicos en el eje del río experimentan alzas desmesuradas. Se establece un período transitorio (siempre con valores de los caudales ecológicos nuevos superiores a los antiguos) y desde el 1 de enero de 2027, se fijan los definitivos que suponen fuertes aumentos sobre la situación actual.

Los valores nuevos a aplicar desde 2027 son 273 Hm3/año en Aranjuez, 544,1 Hm3/año en Toledo y 583,7 Hm3 / año en Talavera de la Reina.

Si se consolidan estos valores, el trasvase Tajo – Segura, que lleva funcionando 43 años, tendrá que reducir sensiblemente las cantidades a trasvasar, poniendo en peligro la economía agroalimentaria de miles de hectáreas del Levante español. Creo que pueden existir soluciones para evitar esta grave situación, las cuales ya expuse en este blog.

En la XX Jornada Técnica de FENACORE (Federación Nacional de Comunidades de Regantes), el catedrático de Hidráulica de la Escuela de Ingenieros de Caminos de Madrid, Luis Garrote, presentó una comunicación de gran interés en la que se daba cuenta de la repercusión de mantener los caudales ecológicos en general, sobre la disponibilidad de agua para otros usos.

Veamos los casos de las cuencas del Tajo y Guadiana que son las que más afectan a Extremadura, desde donde escribo.

CUENCADISPONIBLE

NATURAL %

DISPONIBLE

REGULADO %

DISPONIBLE

PERC. 5 % (%)

DISPONIBLE

PERC. 10 % (%)

DISPONIBLE

PERC. 15 % (%)

GUADIANA146434140
TAJO666504138

Como se deduce de la tabla anterior, mantener caudales ecológicos disminuye la disponibilidad para otros usos, siendo más acusada la disminución en la cuenca del Tajo que en la del Guadiana, y mayor cuanto más lo sea el percentil utilizado para determinar los caudales ecológicos mínimos mediante métodos hidrológicos.

Y los caudales ecológicos al tener que abastecerlos desde la red de embalses y no prever nuevas obras de regulación para suministrarlos, lo que traen consigo es una reducción de la garantía de los usos socioeconómicos y especialmente la de los regadíos que es el uso que más agua utiliza.

Otra cuestión que no resuelve la nueva planificación es la situación de los sistemas deficitarios de riego que existen en la cuenca del Tajo: Henares, Alberche, Tiétar y Árrago, pues en lugar de buscar soluciones, se reducen las dotaciones de riego sin que se haya llevado a cabo la modernización de las zonas regables u otras soluciones al problema, lo que es un método muy original para que no existan zonas deficitarias: rebajar las dotaciones.

La última cuestión a considerar es la obsesión de estos planes por la recuperación de los costes del agua. Actualmente se recuperan los costes del servicio, mediante el pago de los cánones de regulación o las tarifas de utilización del agua. Pero quieren introducir los costes ambientales y los del recurso, de definición ambigua y aplicación difícil. El resultado será que, si se aumentan los costes del agua, a todos los usuarios les resultará más cara y en particular bastantes explotaciones de riego disminuirán su capacidad de pago y desaparecerán.

En conclusión: nuevos planes hidrológicos, viejos defectos.


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