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LOS CAUDALES ECOLÓGICOS Y LA GARANTÍA HÍDRICA DE LOS REGADÍOS

CAMPOOPINIÓN
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El clima en la mayor parte de España, en la denominada España seca, se caracteriza por una distribución irregular de las lluvias en el espacio y en el tiempo. De ahí nace la necesidad de regular agua mediante la construcción de obras hidráulicas de almacenamiento, los embalses, que acumulan y retienen agua en las épocas lluviosas, para poder utilizarlas en los períodos secos.

La regulación en régimen natural que son capaces de llevar a cabo nuestros ríos alcanzaría al 9 % de las aportaciones de lluvia como media en España. Gracias a la red de embalses construidos en nuestro país a lo largo del tiempo, la regulación media se sitúa en el 44 % de la aportación de lluvia. Hay diferencias de unas cuencas hidrográficas a otras.

Si sólo existiera la regulación natural, nada más que sería posible atender con garantía el 20 % de las demandas actuales de los usos socioeconómicos que utilizan el agua, como los abastecimientos urbanos, los regadíos, los usos industriales o la producción de energía hidroeléctrica. Gracias a nuestra red de embalses hemos visto que el panorama es muy distinto.

La introducción de los caudales ecológicos como restricción previa a los sistemas de explotación con preferencia absoluta a los otros usos, salvo a los abastecimientos urbanos cuando no haya soluciones alternativas, ha revolucionado el panorama del uso del agua. Y lo hizo un gobierno del Partido Popular, que no parece tener entre sus banderas preferentes al ecologismo precisamente.

Al no tener en cuenta las consecuencias que esta errónea decisión traería consigo por su afección negativa a usos preexistentes, los cuales tenían sus concesiones administrativas en regla, no se calcularon los perjuicios que la introducción de dichos caudales ecológicos causaría en la reducción de las garantías hídricas para los regadíos y para otros usos.

En la XX Jornada Técnica de FENACORE (Federación Nacional de Comunidades de Regantes), el catedrático de Hidráulica de la Escuela de Ingenieros de Caminos de Madrid, Luis Garrote, presentó una comunicación de gran interés en la que se daba cuenta de la influencia de mantener caudales ecológicos sobre la disponibilidad de agua para otros usos, entre los cuales está el regadío que es el que más agua utiliza.

Veamos los casos de las cuencas del Tajo y Guadiana que son las que más afectan a Extremadura, desde donde escribo.

CUENCADISPONIBLE

NATURAL %

DISPONIBLE

REGULADO %

DISPONIBLE

PERC. 5 % (%)

DISPONIBLE

PERC. 10 % (%)

DISPONIBLE

PERC. 15 % (%)

GUADIANA146434140
TAJO666504138

Como se deduce de la tabla anterior mantener caudales ecológicos disminuye la disponibilidad para otros usos siendo más acusada la disminución en la cuenca del Tajo que en la del Guadiana y mayor cuanto más lo sea el percentil utilizado para determinar los caudales ecológicos mínimos mediante métodos hidrológicos.

Vamos a ver un ejemplo de afección generada a los regadíos por tener que asegurar los caudales ecológicos. Es la que se puede producir actualmente en la cuenca del Guadiana occidental que corresponde a la zona de Extremadura, si no llueve lo suficiente en un corto plazo de tiempo.

Los datos anuales son los siguientes con grandes números: Para asegurar el riego se necesitan 1.150 hm3, para los caudales ecológicos 800 hm3, para dos años de abastecimiento urbano 120 hm3, para los cultivos permanentes (frutales principalmente) 80 hm3 y en evaporación de los embalses 180 hm3. En total 2.330 hm3. Reparen en que el volumen asignado a los caudales ecológicos supone el 65 % de los destinados a regadío más los de cultivos permanentes.

Hace unos pocos días había unas reservas embalsadas de 1.922 hm3. Por tanto, existe un déficit de 408 hm3. Es decir que, para regadío si se atienden los caudales ecológicos de modo prioritario, quedarían 742 hm3, o sea el 64,5 % de las necesidades de riego de cultivos no permanentes. Quedarían atendidos los cultivos permanentes para evitar su desaparición.

Supongo que en situaciones de sequía habría que reducir drásticamente los caudales ecológicos a tenor de lo dispuesto de forma muy ambigua en el apartado 3.4.3 de la Instrucción de Planificación Hidrológica. Que por otra parte dispone que los caudales ecológicos en sequía no se apliquen a zonas protegidas de la red Natura 2000 o en la lista de humedales de importancia internacional de acuerdo con el Convenio de Ramsar. En la cuenca del Tajo por ejemplo el 70 % de la misma está afectado por la Red natura 2000 o el convenio de Ramsar. Y también establece otras limitaciones en función de alcanzar el objetivo de permitir el mantenimiento, como mínimo, de un 25% del hábitat potencial útil máximo.

La relajación del régimen de caudales ecológicos en la época de sequía permitiría destinar algún recurso más al regadío y evitar, aunque fuera parcialmente, los daños a este sector.

Ha de tenerse en cuenta que la práctica totalidad de las zonas regables del Guadiana en Extremadura tienen concesiones de agua o declaraciones de interés nacional muy anteriores a la introducción de los caudales ecológicos en la normativa, con lo cual estos se aplican con carácter retroactivo perjudicando a los regadíos. En consecuencia, sería justo que, si se mantienen estos caudales ecológicos por dar prioridad a los temas ambientales, a los regantes habría que indemnizarles en el importe de las pérdidas que tendrían que asumir por las superficies que no puedan regarse.

Me temo que si se da esta circunstancia las reclamaciones habrán de hacerse en vía judicial pues no parece estar prevista la correspondiente indemnización por parte de la administración.

Esperemos que llueva. Será lo mejor para todos.


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